A contar del 1 de enero de 2018, comenzó a regir el reavalúo de bienes raíces de todo el país llevado a cabo por el Servicio de Impuestos Internos (“SII”), según lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial.

En contra de la retasación general llevada a cabo por el SII, los contribuyentes tienen derecho a deducir recurso de reposición administrativa ante el mismo SII y/o reclamo tributario ante los Tribunales Tributarios.
En consultoriastributarias.cl llevamos a cabo la revisión del proceso de tasación general llevado a cabo por el SII y, en caso de detectar diferencias, iniciamos el proceso de reclamo administrativo y/o judicial correspondiente con el fin de corregir la tasación de la propiedad y, en consecuencia, obtener la devolución del cobro en exceso de contribuciones.

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